CÓDIGO ÉTICO DÉKUPLE
CÓDIGO ÉTICO DÉKUPLE
1. Objeto
Dékuple (en adelante “Dékuple”) en España y Portugal tiene el propósito de construir una empresa duradera que proporcione rentabilidad a nuestro accionista (Grupo Dékuple, S.A.), y que proporcione oportunidades de estabilidad y de desarrollo a las personas que trabajan en ella.
Y este propósito se basa en los principios éticos y los valores comunes para todos en Dékuple, y forman parte de nuestra cultura corporativa.
El presente Código Ético (en adelante el “Código”) resume estos principios éticos y constituye una guía para todos las personas trabajadoras y directivos de Dékuple en su desempeño profesional en relación con su trabajo diario, los recursos utilizados y con el entorno empresarial en el que se desarrolla.
2. Ámbito de aplicación
El presente Código va dirigido a todos las personas trabajadoras de Dékuple, independientemente de la relación contractual que determine su relación laboral y posición que ocupen o del lugar en el que desempeñen su trabajo.
La aplicación de este Código afecta a todas las actividades que se llevan a cabo en Dékuple y que forman parte de nuestro trabajo diario.
Asimismo, el equipo directivo de Dékuple pondrá los medios a su alcance para hacer cumplir las normas contenidas en este Código.
A Dékuple le es de aplicación el Convenio colectivo del sector de empresas de publicidad (código de convenio n.º 99004225011981).
Enfoque ético en la realización de negocios
El modelo de negocio del Grupo Dékuple se basa no sólo en seis principios fundamentales de independencia, visión a largo plazo, responsabilidad, equilibrio, proximidad y capital humano, sino también en los valores del espíritu de conquista, respeto y ayuda mutua (colaboración).
Tener un enfoque empresarial ético en todas las circunstancias es garantía de sostenibilidad. La Dirección del Grupo Dékuple se esfuerza por concienciar a los equipos y grupos de interés de este comportamiento ético y crear las herramientas necesarias, como este Código Ético, para consolidar la cultura del Grupo y aspirar a la excelencia.
Este código se comunica a todas las personas trabajadoras y grupos de interés del Grupo y exige el cumplimiento de la ética profesional plasmada en principios de actuación y de comportamientos a evitar o favorecer ante determinadas situaciones de potencial riesgo en el lugar de trabajo en el marco del ejercicio de su actividad profesional.
3. Principios de actuación
Las personas trabajadoras y directivos de Dékuple deben actuar en base a los valores definidos en el capítulo «Valores» del documento Propósito y Valores publicado en el Portal Corporativo.
Dentro del Respeto, la relación de la Compañía con sus personas trabajadoras y la de éstas entre sí se basará en el cumplimiento de los siguientes compromisos:
Respeto
En Dékuple respetamos a nuestros compañeros/as, a nuestros clientes y al marco legal. Por eso cumplimos nuestros contratos y cumplimos la ley. Todas las personas trabajadoras deben utilizar los recursos de la empresa de forma responsable, eficiente y apropiada al entorno de su actividad profesional. Asimismo, deben protegerlos y preservarlos de cualquier pérdida, daño, robo o uso ilegal o deshonesto.
Todas las personas trabajadoras que participen en procesos de selección de proveedores y colaboradores externos, tienen la obligación de actuar con imparcialidad y objetividad, aplicando criterios de calidad y coste, y evitando la colisión de sus intereses personales con los de la compañía.
Dékuple proveerá de un entorno seguro y estable y se compromete a actualizar de manera permanente las medidas de prevención de riesgos laborales, así como a respetar escrupulosamente la normativa aplicable en esta materia en todos los lugares en que desarrolle sus actividades empresariales.
Todas las personas trabajadoras son responsables de observar un cumplimiento riguroso de las normas de salud y seguridad. Asimismo, deberán hacer un uso responsable del equipamiento que tengan asignado cuando desarrollen actividades de riesgo y divulgarán entre sus compañeros/as y subordinados los conocimientos oportunos y promoverán el cumplimiento de las prácticas de protección de riesgos.
Igualdad de oportunidades
La Compañía promueve el desarrollo profesional y personal de todos sus personas trabajadoras asegurando la igualdad de oportunidades. La selección y promoción de las personas trabajadoras de la empresa se fundamenta en los criterios objetivos de mérito y capacidad publicados en cada descripción de puesto de trabajo descritos en el Mapa de Puestos de la Compañía y disponible para cualquier persona trabajadora en el Portal Corporativo.
No discriminación
Los directivos y personas trabajadoras de Dékuple deben mantener un entorno de trabajo libre de toda discriminación y de cualquier conducta que implique un acoso de carácter personal. Bajo esta premisa, Dékuple no tolerará ningún tipo de discriminación por razón de raza, nacionalidad, origen social, edad, sexo, estado civil, orientación sexual, ideología, opiniones políticas o sindicales, religión o cualquier otra condición personal, física o social. En este sentido Dékuple tiene establecidas varias medidas en el ámbito de la Organización y Talento que garantizan el cumplimiento de este principio de no discriminación.
Igualdad de Género
Dékuple promueve el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres y evitará cualquier forma de discriminación al respecto, especialmente, las derivadas de la maternidad, la asunción de obligaciones familiares y el estado civil.
En particular, Dékuple promoverá la igualdad de trato entre hombres y mujeres en lo que se refiere al acceso al empleo, a la formación, a la promoción de profesionales y a las condiciones de trabajo así como a la conciliación en materia de igualdad entre mujeres y hombres para ello se está elaborando el Plan de Igualdad conforme a la normativa legal. En el mismo sentido la Empresa está adherida al Código EJE&CON de Buenas Prácticas para la Gestión del Talento y la Mejora de la Competitividad de la Empresa.
Se mantendrá el más riguroso y objetivo programa de selección, atendiendo exclusivamente a los méritos académicos, personales y profesionales y a las necesidades de la Empresa, asegurando en todo caso que existe igualdad de trato entre todos las personas trabajadoras y en su caso en los candidatos.
Se realizará anualmente la actualización del registro salarial y auditoría retributiva para dar seguimiento a la brecha salarial, junto con la Comisión negociadora del Plan de Igualdad Dékuple 2022-2025.
Acoso sexual y por razon de género
Se rechaza cualquier manifestación de violencia, de acoso físico, sexual, psicológico, moral u otros, de abuso de autoridad en el trabajo y cualesquiera otro comportamiento, verbal o físico, de naturaleza sexual que tenga el propósito o produzca el efecto de atentar contra la dignidad de una persona, en particular cuando se crea un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo, así como conductas que generen un entorno intimidatorio u ofensivo para los derechos personales de sus profesionales.
Específicamente, se promoverán medidas para prevenir el acoso sexual y el acoso por razón de sexo, cuando se consideren necesarias: Protocolo para la prevención del Acoso en Dékuple España.
Conciliación en el ámbito laboral y familiar
Dékuple respeta la vida personal y familiar de sus s y promoverá los programas de conciliación que faciliten el mejor equilibrio entre esta y sus responsabilidades laborales. A este respecto, además de las medidas incluidas en el Convenio Colectivo del Sector Publicidad, Dékuple, siempre que sea posible, promoverá el teletrabajo entre sus s y tratará de promover otras opciones que se adecuen a las necesidades de sus trabajadores y trabajadoras.
Tenemos aprobada en este sentido nuestra Política Flexiwork 2022 igualmente disponible para cualquier persona trabajadora en el Portal Corporativo donde se incluye el Protocolo de Desconexión Digital entre otras medidas y actuaciones.
Actividades políticas
Ningún está autorizado para involucrar directa o indirectamente al Grupo Dékuple en ninguna actividad de apoyo de cualquier tipo a un partido político o para aprovechar su pertenencia al Grupo en actividades políticas.
Sin embargo, Dékuple respeta la libertad de opinión de cada persona trabajadora. Como tal, cada persona es libre de afiliarse a un partido político y, en general, a las asociaciones de su elección.
Uso de redes sociales
Las personas trabajadoras deberán cumplir con las normas de conducta y mejores prácticas a adoptar según lo previsto en el Manual de uso de los sistemas de información y redes sociales vigentes dentro del Grupo. En particular, los s deben estar atentos a la forma en que se presentan en las redes sociales para que las personas que los lean comprendan si están hablando en su nombre personal o como profesional, en nombre y representación del Grupo.
Contribuciones a actividades benéficas y/o patrocinios
El Grupo Dékuple promueve el desarrollo de proyectos sociales con el objetivo de contribuir al interés general. Las contribuciones del Grupo Dékuple a actividades benéficas y acciones de patrocinio están autorizadas si sirven efectivamente a una causa de interés general y contribuyen a la acción cívica definida por el Grupo Dékuple.
Las donaciones realizadas en nombre de Dékuple están sujetas a la autorización previa por escrito de la Dirección General y/o de la Dirección de Talento.
Sobornos, corrupción y comisiones ilegales
Está prohibida toda práctica de corrupción, soborno y concesiones de situaciones de favor o irregularidades. El personal de Dékuple se compromete a no solicitar, aceptar y ofrecer ningún tipo de pago o comisión ilegal que queden fuera de sus responsabilidades profesionales.
Política de regalos
La Política de regalos se crea para facilitar, tanto al personal de Dékuple como a cualquier tercero, una guía sobre cómo actuar cuando un tercero hace un regalo a un , y también cuando una persona trabajadora desea realizar un regalo a un cliente.
La Dirección de Dékuple, a través de su Código Ético, prohíbe de forma general a sus personas trabajadoras dar o aceptar regalos en el desarrollo de sus actividades fuera de los límites establecidos dentro de esta política. Se entenderá como regalo cualquier objeto, obsequio, atención, favor, descuento, ventaja, compensación, muestras, viaje, comidas, entradas o cualesquiera otras atenciones y obsequios de cualquier naturaleza o índole, dineraria o no dineraria.
De forma excepcional se permitirá la entrega o recepción de regalos únicamente bajo las circunstancias concretas descritas a continuación:
- que la aceptación o entrega de tales obsequios no supongan un delito, y
- que se correspondan con acciones comerciales o hechos que supongan cortesía normal, generalmente aceptada, y que tengan un valor económico simbólico o irrelevante (menor a 20 euros)
- que cumplan las condiciones concretas establecidas a continuación:
Para la recepción de regalos
- Cualquier persona trabajadora siempre deberá informar a su responsable y al Compliance Officer del ofrecimiento o entrega de un regalo por parte de un proveedor o cliente sea cual sea la naturaleza, la periodicidad, el valor, importe o PVPR del regalo, presente o cortesía. En el caso de que el sea el Director General, este deberá informar al Comité de Dirección y al Compliance Officer.
- El Compliance Officer llevará un registro anual de todos los regalos recibidos u ofrecidos por las personas trabajadoras. Se detalla más adelante.
- En relación a regalos de un importe o PVPR igual o inferior a 20 euros, tras haber informado, el podrá aceptarlos personalmente, siempre y cuando la naturaleza de dicho regalo no suponga un delito y se enmarquen dentro de la cortesía normal por su valor simbólico e irrelevante. Por ejemplo, invitación a una comida, regalos o muestras publicitarias.
En el momento en el que un mismo acumule regalos que superen los 50 euros (dentro del mismo año natural) aunque sean percibidos en diferentes ocasiones a lo largo del tiempo y de diferentes proveedores y/o clientes, se deberá aplicar el criterio para importes superiores a 20 euros.
- En relación a regalos de un importe superior a 20 euros, el antes de aceptarlos deberá informar a su responsable quien decidirá si puede o no aceptar y, en caso afirmativo, si la aceptación puede ser personal o se deberá entregar y poner a disposición de la empresa dicho regalo o presente. La empresa decidirá el destino de estos regalos aceptados a su nombre, por ejemplo, una subasta entre las personas trabajadoras, donarlos a ONGs o fundaciones, etc..
Estos criterios se aplicarán siempre con independencia de la naturaleza de los regalos, acciones comerciales o de “cortesía”: cualquier tipo de invitación gastronómica (desayuno, comidas, cenas..), invitaciones a cursos, conferencias, espectáculos, objetos, etc…
Para la entrega de regalos o cortesías comerciales a clientes
Dentro de la cortesía profesional, ninguna persona trabajadora podrá realizar un regalo o cortesía en nombre de la empresa o a título personal dentro de las relaciones establecidas en el ámbito profesional, sin una autorización previa, expresa y por escrito de su responsable directo.
En dicha autorización dirigida a su responsable directo (o al director de área en caso de regalos que superen 50 euros de valor) deberá constar el nombre de las personas/s que recibirán el regalo, la naturaleza del mismo, el coste y PVP del mismo, la empresa/cliente de esos s, y la fecha de entrega o de disfrute (evento, espectáculo..).
En caso de infracción de este apartado: sanciones
En el caso de que una persona trabajadora no respetase esta política podrá ser sancionado como una falta grave (importes inferiores a 100 euros) o muy grave (importes superiores a 100 euros) y ser sancionado con las penas previstas en el convenio colectivo para estas faltas (artículo 66) así como la obligación de devolver a la empresa el importe íntegro del valor de mercado de los regalos realizados o recibidos y a los importes que correspondiesen equivalentes al daño reputacional causado como indemnización.
La empresa además se reserva el derecho de denunciar a las autoridades competentes aquellas acciones que considere que puedan ser objeto de delito cometidas por un .
Registro de regalos
El Compliance Officer llevará un registro anual tanto de los regalos realizados a clientes/empresas o personas en nombre de Dékuple, así como de los regalos recibidos. El Compliance Officer exigirá justificación e informará al Director Financiero. Para ello cada persona trabajadora se obliga a informar a su responsable directo de cada regalo, atención o cortesía que un proveedor, cliente o persona en las relaciones profesionales mantenidas dentro de sus funciones en Dékuple, con independencia de su naturaleza o valor. Cada responsable deberá informar directamente al Compliance Officer de esta información de forma inmediata. Podrá constituir una falta leve o grave el retraso indebido en la comunicación tanto del como del responsable.
En el caso de regalos que realice una persona trabajadora en nombre de Dékuple deberá solicitar autorización previa a su responsable directo y/o director/a informándole de todo el detalle necesario e informando al Compliance Officer de manera inmediata. Igualmente podrá constituir una falta leve o grave el retraso indebido en la comunicación tanto de la persona trabajadora como del responsable.
Seguridad y salud en el trabajo
Dékuple promoverá un programa de seguridad y salud en el trabajo y adoptará las medidas preventivas establecidas al respecto en la legislación vigente y cualesquiera otras que se pudieran establecer en el futuro.
Los profesionales de la Empresa observarán con especial atención las normas relativas a seguridad y salud en el trabajo, con el objetivo de prevenir y minimizar los riesgos laborales, tanto en sus instalaciones, como fuera de ellas.
Robos o apropiaciones indebidas de los activos o de la información
Todas las personas trabajadoras deben salvaguardar los activos y herramientas pertenecientes a Dékuple, así como las de terceros que se encuentren en las instalaciones de la Empresa. Comprende no sólo la protección ante usos no autorizados sino también el robo y su utilización con fines ilegales o inadecuados.
Se prohíbe la retirada, eliminación o destrucción de efectos de valor de la compañía, salvo por los Responsables destinados a ello.
Toda la información contenida en soportes físicos (papel, cartón…) o en soporte informático, es parte del conocimiento y valor de Dékuple y por lo tanto de su propiedad. Así no puede venderse, cederse, ni apropiarse, sin la autorización de la dirección.
Especialmente es necesario por parte de la plantilla Dékuple el conocimiento y aplicación del Manual del Usuario de Seguridad de la Información del Usuario del SGSI
Derecho a la intimidad y protección de datos
Dékuple respeta el derecho a la intimidad de sus profesionales, en todas sus manifestaciones, y en especial en lo que se refiere a datos de carácter personal, empresarial y económicos.
Las personas trabajadoras se comprometen a hacer un uso responsable de los medios de comunicación, de los sistemas informáticos y, en general, de cualesquiera otros medios que la Empresa ponga a su disposición de acuerdo con las políticas y criterios establecidos a tal efecto.
Tales medios no se facilitan para uso personal sino profesional y no son aptos, por ello, para la comunicación privada. No generan por ello expectativa de privacidad en caso de que tuvieran que resultar supervisados por Dékuple en el desempeño proporcionado de sus deberes de control.
En el mismo sentido Dékuple se compromete a no divulgar datos de carácter personal de sus personas trabajadoras, salvo consentimiento de éstos y en los casos de obligación legal o cumplimiento de resoluciones judiciales o administrativas. En ningún caso podrán ser tratados los datos de carácter personal de las personas trabajadoras para fines distintos que no sean los legal o contractualmente previstos.
Las personas trabajadoras -y como especialmente aquellas que por su actividad accedan a datos personales de otros profesionales o de clientes-, se comprometerán por escrito a mantener la confidencialidad de esos datos, así como al secreto profesional.
En este sentido se ha definido la figura de Delegado de Protección de Datos la cual cumplirá con los requerimientos previstos en la legislación de protección de datos de carácter personal respecto de las comunicaciones que les remitan los profesionales a través del Canal Ético con arreglo a lo dispuesto en este Código Ético y en la Política de Cumplimiento.
Dékuple garantizará la confidencialidad de los datos de sus clientes, comprometiéndose a no revelarlos a terceros, salvo consentimiento del cliente o por obligación legal o en cumplimiento de resoluciones judiciales o administrativas.
La captación, utilización y tratamiento de los datos de carácter personal tanto de los clientes como de los consumidores finales y/o usuarios deberán realizarse de forma que se garantice el derecho a su intimidad y el cumplimiento de la legislación sobre protección de datos de carácter personal (RGPD y LOPDGyGDD), así como los derechos reconocidos por la legislación sobre servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico (LSSIyCE) y demás disposiciones que resulten aplicables.
Dékuple tiene establecido un Código de Conducta en materia de Protección de Datos.
Formación
La Empresa promoverá el desarrollo profesional y personal de las personas trabajadoras así como la formación de los mismos. Los programas de formación propiciarán la igualdad de oportunidades y el desarrollo de la carrera profesional y contribuirán a la consecución de los objetivos de Dékuple.
Las personas trabajadoras de Dékuple se comprometen a su vez a actualizar permanentemente sus conocimientos técnicos y de gestión y a aprovechar los programas de formación proporcionados por la Empresa.
Conflictos de intereses ad intra
Las decisiones profesionales deberán estar basadas en la mejor defensa de los intereses de la Empresa, de forma que no estén influenciadas por relaciones personales o de análoga relación de afectividad o por cualesquiera otros intereses particulares.
En relación con los posibles conflictos de interés, las personas trabajadoras de Dékuple observarán los siguientes principios generales de actuación:
- Comunicación: las personas trabajadoras están obligadas a informar lo antes posible de los conflictos de interés en que estén incursos. Para ello enviarán una comunicación por escrito al superior jerárquico, a la dirección de Talento así como al Compliance Officer. Estos evaluarán la situación, en coordinación con la Dirección y adoptarán las decisiones oportunas, aconsejando sobre las actuaciones apropiadas en cada circunstancia, de ser necesarias. Las personas trabajadoras afectadas por el conflicto que pertenezcan a la Dirección deberán abstenerse de participar en su resolución.
- Independencia: actuar en todo momento con profesionalidad, con lealtad a la empresa, a sus accionistas e independientemente de intereses propios. En consecuencia, se abstendrán en todo caso de primar sus propios intereses a los de Dékuple o los de allegados, familiares o terceros con vinculación análoga que pudieran influir de cualquier manera en una decisión contraría a los intereses generales de la Empresa y del resto de las personas trabajadoras.
- Jerarquía: no serán compatibles relaciones jerárquicas profesionales directas entre personas trabajadoras con relaciones de afectividad, consanguinidad o afinidad hasta el tercer grado de parentesco. En estos casos si se dieran, las personas afectadas deberán de comunicar según lo establecido en la anterior mención de la letra a. Se tomarán las medidas oportunas que no menoscaben el desarrollo profesional de las personas ofreciéndoles a ambos una nueva posición de la misma categoría y salario sin que pueda mantenerse la relación jerárquica directa profesional.
- Régimen sancionador: en caso de que no se comunique a la empresa dicha situación, ésta podrá ser considerada una falta grave de ruptura de la confianza por conflicto de intereses y podrá ser objeto de sanción tal y como recoge el convenio y normativa.
Responsabilidad Social Corporativa, Sostenibilidad y Medioambiente
Dékuple está comprometido con el respeto de los Derechos Humanos, Derechos Laborales, el Medio Ambiente y la lucha contra la corrupción. En este sentido, se refuerza el compromiso al ser firmante del Pacto Mundial de las Naciones Unidas, comprometiéndose con cada uno de los principios establecidos en dicho Pacto a través de la Plan Dékuple de Sostenibilidad y RSC 2022-2025.
Dékuple desarrolla su actividad desde el respeto al medio ambiente, cumpliendo los estándares establecidos en la normativa medioambiental que sea de aplicación y minimizando el impacto de sus actividades sobre el medio ambiente. Asumiendo, como pautas de comportamiento el minimizar los residuos y la polución, conservar los recursos naturales, promover el ahorro de energía, la utilización racional de los recursos, minimizando el consumo de agua y papel, favoreciendo el reciclaje y buscando soluciones eco-eficientes. Para ello ha elaborado e implantado el Plan de Compromiso Medioambiental.
4. Vigencia, comunicación y formación
El Código Ético entrará en vigor en el día de su aprobación por el Director General de Dékuple, debiendo ser comunicado a todas las personas trabajadoras y estará vigente en tanto no se apruebe su anulación.
Este Código Ético se comunica a toda la plantilla y estará accesible a todas las personas trabajadoras a través del Portal Corporativo. Cada persona trabajadora debe seguir al menos una formación sobre el Código, en particular cuando asume su puesto en el Grupo Dékuple y en cada actualización del mismo.
Como parte de la concienciación se solicitará cada año a todos las personas trabajadoras que reafirmen formalmente su compromiso individual de actuar de acuerdo con los principios y reglas del Código. El Compliance officer verificará la adherencia de la plantilla al Código Ético.
5. Interpretación, seguimiento y cumplimiento: Canal Ético y Comité de Compliance
El presente Código establece los principios y compromisos de ética empresarial que la plantilla al completo de Dékuple deben respetar y cumplir en el ejercicio de sus actividades.
La Directiva (UE) 2019/1937 relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión donde pone de manifiesto este hecho de plazos y periodos de gestión.
Cada persona trabajadora debe ser un actor en la prevención y detección de riesgos de incumplimiento ético dentro de Dékuple. En caso de cualquier duda ante una situación que pueda constituir una infracción de este código, se invita a cada persona trabajadora a ponerse en contacto con su supervisor inmediato y / o el gerente y con el Compliance Officer.
Más allá del proceso de consulta propuesto anteriormente, el sistema profesional de denuncia de irregularidades establecido por Dékuple permite a toda la plantilla hacer uso de sus derechos de denuncia de irregularidades. Este derecho le permite denunciar violaciones de la legislación nacional y de los convenios internacionales ratificados por España o amenazas graves o perjuicios al interés general, pero también denuncias relativas a la existencia de conductas o situaciones contrarias al Código Ético. De acuerdo con la normativa española y europea así como con el marco estricto del sistema de denuncia de Dékuple es seguro y tiene como objetivo garantizar la confidencialidad de la denuncia del que actúa como denunciante. No se aplica ninguna sanción o medida de discriminación a la persona trabajadora , siempre que haya actuado de buena fe, sin intención de dañar, aunque los hechos objeto de la alerta resulten inexactos o no den lugar a ninguna acción – esto también con la condición de que la persona respete escrupulosamente las disposiciones.
Proceso de denuncia en el Canal Ético
Cualquier que tenga conocimiento o sospecha fundada de un incumplimiento del presente Código podrá ponerlo en conocimiento de su superior jerárquico o informar del mismo a través del formulario de denuncia del Canal Ético.
Igualmente será el Compliance Officer quien investigará cualquier presunta infracción. Durante estas investigaciones, se pedirá a las personas trabajadoras que proporcionen todas las explicaciones pertinentes y que informen a la Dirección de Talento de los hechos relevantes que se les hayan informado. La eficacia del programa de cumplimiento se evalúa periódicamente. El proceso de evaluación examina específicamente la aplicación de los principios y reglas establecidos en este Código de Ético.
Las infracciones a este Código pueden dar lugar a procedimientos disciplinarios y, en su caso, sanciones que pueden llegar al despido.
El Canal Ético es tanto una vía de denuncia del incumplimiento de las normas recogidas en el presente Código Ético, como un medio para la resolución de las dudas que pueda plantear la aplicación del mismo. Dékuple tomará las medidas necesarias para evitar consecuencias adversas por efecto de las comunicaciones que las personas trabajadoras realicen de buena fe según lo aquí dispuesto.
La vulneración o incumplimiento de este Código que constituya una falta de carácter laboral, se sancionará con arreglo a la normativa vigente, sin perjuicio de otras responsabilidades en que el infractor hubiera podido incurrir.
¿Cómo realizar una denuncia?
Las comunicaciones de denuncias relativas al Canal Ético se detallan en el documento Funcionamiento del Canal Ético.
Actuaciones
- Designación de una persona imparcial que acompañará al Compliance officer que será el competente para realizar un seguimiento de las denuncias
- Prohibición de revelar la identidad del denunciante salvo consentimiento expreso del denunciante y salvo en el contexto de una investigación por las autoridades nacionales o en el marco de un proceso judicial
- Registro de todas las denuncias recibidas, en cumplimiento de los requisitos de confidencialidad
- Se adaptarán las medidas que sean necesarias conforme al Procedimiento Disciplinario.
Plazos
- Acuse de recibo de la denuncia al denunciante en plazo de siete días a partir de la recepción.
- Plazo razonable para dar respuesta, no superior a tres meses a partir del acuse de recibo.
El Comité de Compliance
Para velar por el cumplimiento y conocimiento del presente Código, resolver incidencias o dudas sobre su interpretación y asegurar su aplicación justa en las reclamaciones, se ha creado un Comité de Compliance, cuya composición ha sido fijada por el Director General de la Compañía.
El Comité de Compliance está formado por las siguientes personas:
- Director General
- Directora General de Operaciones y Talento
- Director de Operaciones
- Compliance Officer
Seguimiento de la actividad del Comité
El Comité se reunirá con una periodicidad trimestral con el siguiente calendario previsto: segundo viernes de cada mes, siendo los meses planificados marzo, junio, septiembre y diciembre. En caso de que ese viernes sea festivo, la reunión se pospone al siguiente día laborable.
La agenda de la reunión será preparada por el Compliance Officer y distribuida a los miembros del Comité una semana antes de la reunión.
Las decisiones del Comité serán documentadas mediante acta.
Funciones del Comité
- Seguimiento de las acciones que plantea el Compliance Officer o a propuesta de alguno de los miembros.
- Seguimiento de la labor del Compliance Officer
- Revisión del informe anual que realizará el Compliance Officer
- Cualesquiera otras que le sean asignadas